Alta de autónomo paso a paso

Alta de autónomo paso a paso

Darse de alta como autónomo en España requiere completar dos trámites obligatorios: el alta censal en Hacienda (modelo 036 o 037) y la afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en la Seguridad Social. Ambos pasos son gratuitos y se pueden hacer online en menos de una hora si tienes certificado digital.

El proceso de alta autonomo ha cambiado bastante desde 2023, con la entrada del sistema de cotización por ingresos reales. Si te preguntas como hacerse autonomo sin perderte en la burocracia, esta guía recorre cada paso del procedimiento actualizado a la normativa vigente.

Darse de alta autonomo antes de empezar la actividad es obligatorio. Trabajar sin estar dado de alta acarrea sanciones de la Inspección de Trabajo y la pérdida de bonificaciones como la tarifa plana.

Requisitos previos antes del alta

Para iniciar el trámite necesitas tener clara la actividad económica que vas a desarrollar. Esto determina el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) que declararás en Hacienda. La AEAT mantiene un listado oficial con todos los epígrafes agrupados en actividades empresariales, profesionales y artísticas.

El certificado digital o Cl@ve PIN agiliza todos los trámites. Sin ellos, tendrás que presentar la documentación presencialmente en una delegación de la Agencia Tributaria o de la Tesorería General de la Seguridad Social. La FNMT emite certificados digitales gratuitos para personas físicas.

Documentación básica que conviene tener a mano:

  • DNI o NIE en vigor
  • Número de cuenta bancaria (IBAN) para domiciliar la cuota
  • Dirección fiscal del negocio (puede ser tu domicilio particular)
  • Epígrafe IAE de la actividad principal y, si procede, secundarias
  • Estimación realista de ingresos netos mensuales para 2026

Paso 1: alta censal en Hacienda

El primer trámite es la declaración censal mediante el modelo 036 (versión completa) o el modelo 037 (versión simplificada para autónomos sin grandes complicaciones). Se presenta en la sede electrónica de la AEAT antes de iniciar la actividad económica.

En este modelo declaras:

  1. Datos identificativos y dirección fiscal
  2. Epígrafe IAE de la actividad
  3. Régimen de IVA aplicable (general, recargo de equivalencia, agricultura)
  4. Régimen de IRPF (estimación directa simplificada o módulos)
  5. Obligaciones tributarias periódicas (modelos 303, 130, 111, 115)

La presentación del 036/037 no tiene coste. Una vez confirmado, ya estás dado de alta a efectos fiscales. Si tu actividad requiere licencias municipales o autorizaciones sectoriales, deberás gestionarlas por separado.

Paso 2: afiliación al RETA en la Seguridad Social

La inscripción al RETA debe hacerse antes del inicio efectivo de la actividad, pudiendo solicitarse hasta 60 días naturales antes. Lo recomendable es tramitarla el mismo día que el alta en Hacienda. Se realiza en el portal Import@ss de la Seguridad Social mediante el formulario TA.0521.

En este paso eliges la base de cotización dentro del tramo que te corresponde según los rendimientos netos previstos. Desde 2023, el sistema de cotización es progresivo: cuanto más ganas, más cotizas. Los tramos se revisan anualmente.

Rendimiento neto mensualBase mínima 2026 (aprox.)Base máxima 2026 (aprox.)
Hasta 670 €en torno a 753 €en torno a 816 €
De 1.166,70 a 1.300 €en torno a 950 €en torno a 1.500 €
De 1.700 a 1.850 €en torno a 1.013 €en torno a 1.850 €
Más de 6.000 €en torno a 1.633 €en torno a 4.720 €

Las cuotas exactas dependen del tramo final aprobado para cada ejercicio, según estimaciones publicadas. Conviene consultar las tablas vigentes en el BOE antes de elegir base. Si tus rendimientos reales del año difieren de la previsión, la Tesorería regulariza la cotización al año siguiente.

Tarifa plana y bonificaciones disponibles

La tarifa plana para nuevos autónomos consiste en una cuota reducida (aproximadamente 80 € mensuales durante los primeros 12 meses, según la regulación posterior a la reforma de 2023). Se puede prorrogar otros 12 meses si los rendimientos netos no superan el Salario Mínimo Interprofesional.

Para acceder a esta bonificación debes cumplir:

  • No haber estado de alta como autónomo en los 2 años anteriores (3 años si ya disfrutaste de la tarifa plana previamente)
  • No ser autónomo colaborador
  • Solicitarla expresamente al darte de alta en el RETA

Existen bonificaciones adicionales para mujeres menores de 35 años, hombres menores de 30, personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y autónomos de Ceuta y Melilla. La situación de autónomo sin ingresos también tiene matices importantes que conviene conocer antes del alta, especialmente respecto a la obligación de seguir cotizando aunque no factures.

Obligaciones fiscales después del alta

Una vez dado de alta, asumes obligaciones periódicas con Hacienda. Las principales son:

  • Modelo 303: autoliquidación trimestral del IVA (del 1 al 20 de abril, julio y octubre; del 1 al 30 de enero)
  • Modelo 390: resumen anual del IVA (enero del año siguiente)
  • Modelo 130: pago fraccionado del IRPF en estimación directa (del 1 al 20 de abril, julio y octubre; del 1 al 30 de enero)
  • Modelo 111: retenciones a trabajadores o profesionales (si las practicas)
  • Modelo 115: retenciones por alquiler de locales (si aplica)
  • Modelo 100: declaración anual de la renta

Llevar la contabilidad al día es obligatorio. Los autónomos en estimación directa simplificada deben mantener libros registro de ingresos, gastos, bienes de inversión y provisiones. Puedes hacerlo con hoja de cálculo o con software especializado.

Si tienes dudas sobre qué herramienta encaja con tu volumen, conviene comparar Excel frente a software contable antes de decidirte. Para un análisis más profundo de soluciones del mercado, consulta los mejores programas de contabilidad para pymes.

Para calcular cuotas trimestrales de IVA de forma rápida, una calculadora de IVA online ahorra errores en las autoliquidaciones del modelo 303.

Errores frecuentes al darse de alta

El error más habitual es retrasar el alta en el RETA hasta después de empezar a facturar. La Inspección de Trabajo puede imponer sanciones que van desde varios cientos hasta miles de euros, además de reclamar las cuotas no ingresadas con recargos.

Otro fallo común: elegir mal el epígrafe IAE. Esto condiciona el régimen de IVA aplicable y puede generar problemas en inspecciones posteriores. Si tienes dudas, los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) ofrecen asesoramiento gratuito.

También es frecuente subestimar los rendimientos netos al elegir tramo de cotización. Una previsión demasiado baja genera regularizaciones posteriores con intereses. Mejor estimar con cierto margen al alza y ajustar a la baja durante el ejercicio si los ingresos no acompañan.

Si combinas la actividad por cuenta propia con un empleo asalariado (pluriactividad), tienes derecho a reducciones específicas en la cuota del RETA. Hay que solicitarlas expresamente. Más allá del aspecto fiscal, conviene tener clara la relación entre el alta autónomo y los derechos laborales que mantienes si vienes de un empleo previo.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta darse de alta como autónomo en 2026?

El alta es gratuita tanto en Hacienda como en la Seguridad Social. El gasto recurrente es la cuota mensual del RETA, que con tarifa plana ronda los 80 € mensuales el primer año y después se ajusta según los rendimientos netos declarados.

¿Puedo darme de alta el mismo día que empiezo a facturar?

Sí, pero debes hacerlo antes de emitir la primera factura. El alta censal en Hacienda (modelo 036/037) y la afiliación al RETA deben estar formalizadas antes del inicio efectivo de la actividad económica.

¿Qué pasa si no me doy de alta y trabajo igualmente?

La Inspección de Trabajo puede sancionarte con multas y exigir el pago de las cuotas no ingresadas con recargos. Además, Hacienda puede reclamarte el IVA no liquidado y el IRPF correspondiente. No compensa el riesgo.

¿Cuánto tarda el alta de autónomo?

Con certificado digital, los dos trámites se completan en aproximadamente una hora. Sin certificado, hay que pedir cita en las oficinas correspondientes, lo que puede demorar el proceso varios días.

¿Puedo darme de baja si la actividad no funciona?

Sí. La baja se tramita igualmente con el modelo 036/037 en Hacienda y el formulario TA.0521/2 en la Seguridad Social. Si te das de baja antes de fin de mes, ese mes solo pagas los días cotizados desde 2023.

El siguiente paso

Solicita ya tu certificado digital en la web de la FNMT si aún no lo tienes: es gratuito, se obtiene en 24-48 horas y te permitirá completar todo el alta de autónomo sin moverte de casa.

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