Si eres autónomo o gestionas una pyme en España, emitir facturas correctas es una de las obligaciones fiscales más importantes. Un error en el cálculo del IVA o la retención de IRPF puede acarrear sanciones de Hacienda y problemas en tus declaraciones trimestrales.
Para facilitarte esta tarea, hemos creado una calculadora de IVA e IRPF gratuita que te permite obtener el desglose completo de cualquier factura en segundos.
¿Qué impuestos lleva una factura de autónomo?
Toda factura emitida por un profesional autónomo a una empresa o a otro autónomo debe incluir dos conceptos impositivos fundamentales:
- IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido): se suma a la base imponible. El tipo general es del 21%, aunque existen tipos reducidos del 10% y del 4% para determinados productos y servicios.
- Retención de IRPF: se resta de la base imponible. El tipo general para profesionales es del 15%, aunque los nuevos autónomos pueden aplicar un 7% durante sus tres primeros años de actividad.
Cómo calcular el total de una factura
La fórmula es sencilla:
Si te interesa este tema, te recomendamos leer nuestro artículo sobre Tarifa Autónomo: la app gratuita para calcular cuánto cobrar por hora, donde profundizamos en aspectos clave relacionados.
Total factura = Base imponible + IVA − Retención IRPF
Por ejemplo, para una factura con una base imponible de 1.000 €:
- IVA al 21%: 1.000 × 0,21 = 210 €
- Retención IRPF al 15%: 1.000 × 0,15 = 150 €
- Total a cobrar: 1.000 + 210 − 150 = 1.060 €
Puedes hacer este cálculo de forma automática con nuestra calculadora de IVA e IRPF, que además te muestra un resumen trimestral estimado.
¿Cuándo se aplica cada tipo de IVA?
En España existen tres tipos de IVA vigentes en 2026:
Si te interesa este tema, te recomendamos leer nuestro artículo sobre Sede electrónica AEAT: trámites online con Hacienda, donde profundizamos en aspectos clave relacionados.
- 21% (general): aplicable a la mayoría de servicios profesionales, consultorías, diseño, programación, marketing, etc.
- 10% (reducido): transporte de viajeros, hostelería, alimentación procesada, reformas de vivienda.
- 4% (superreducido): productos de primera necesidad como pan, leche, frutas, verduras, libros y medicamentos.
Además, ciertas operaciones están exentas de IVA, como los servicios sanitarios, educativos, financieros y de seguros.
¿Cuándo debe aplicarse retención de IRPF?
La retención de IRPF es obligatoria cuando un autónomo profesional factura a otro empresario o profesional. No se aplica en facturas a particulares.
Los tipos más habituales son:
- 15%: tipo general para actividades profesionales (sección segunda y tercera del IAE).
- 7%: tipo reducido para nuevos autónomos en el año de alta y los dos siguientes.
- 19%: aplicable a determinados rendimientos del capital mobiliario y actividades artísticas.
Errores comunes al facturar
Estos son los fallos que detectamos con más frecuencia entre autónomos:
- Aplicar retención de IRPF en facturas a particulares (no corresponde).
- Utilizar el tipo de IVA incorrecto para la actividad.
- No conservar copia de las facturas durante los 4 años obligatorios.
- Olvidar incluir todos los datos fiscales obligatorios: NIF, domicilio, número de factura correlativo, fecha y descripción del servicio.
Herramienta gratuita: calculadora de facturas
Nuestra calculadora de IVA e IRPF te permite:
- Calcular el desglose de cualquier factura en un clic.
- Seleccionar entre todos los tipos de IVA vigentes.
- Elegir el porcentaje de retención de IRPF adecuado.
- Obtener un resumen trimestral estimado para tus declaraciones.
Empieza a facturar correctamente y ahorra tiempo. Accede a la calculadora ahora.