Calculadora de IVA e IRPF: factura correctamente en segundos

Si eres autónomo o gestionas una pyme en España, emitir facturas correctas es una de las obligaciones fiscales más importantes. Un error en el cálculo del IVA o la retención de IRPF puede acarrear sanciones de Hacienda y problemas en tus declaraciones trimestrales.

Para facilitarte esta tarea, hemos creado una calculadora de IVA e IRPF gratuita que te permite obtener el desglose completo de cualquier factura en segundos.

¿Qué impuestos lleva una factura de autónomo?

Toda factura emitida por un profesional autónomo a una empresa o a otro autónomo debe incluir dos conceptos impositivos fundamentales:

  • IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido): se suma a la base imponible. El tipo general es del 21%, aunque existen tipos reducidos del 10% y del 4% para determinados productos y servicios.
  • Retención de IRPF: se resta de la base imponible. El tipo general para profesionales es del 15%, aunque los nuevos autónomos pueden aplicar un 7% durante sus tres primeros años de actividad.

Cómo calcular el total de una factura

La fórmula es sencilla:

Si te interesa este tema, te recomendamos leer nuestro artículo sobre Tarifa Autónomo: la app gratuita para calcular cuánto cobrar por hora, donde profundizamos en aspectos clave relacionados.

Total factura = Base imponible + IVA − Retención IRPF

Por ejemplo, para una factura con una base imponible de 1.000 €:

  • IVA al 21%: 1.000 × 0,21 = 210 €
  • Retención IRPF al 15%: 1.000 × 0,15 = 150 €
  • Total a cobrar: 1.000 + 210 − 150 = 1.060 €

Puedes hacer este cálculo de forma automática con nuestra calculadora de IVA e IRPF, que además te muestra un resumen trimestral estimado.

¿Cuándo se aplica cada tipo de IVA?

En España existen tres tipos de IVA vigentes en 2026:

Si te interesa este tema, te recomendamos leer nuestro artículo sobre Sede electrónica AEAT: trámites online con Hacienda, donde profundizamos en aspectos clave relacionados.

  • 21% (general): aplicable a la mayoría de servicios profesionales, consultorías, diseño, programación, marketing, etc.
  • 10% (reducido): transporte de viajeros, hostelería, alimentación procesada, reformas de vivienda.
  • 4% (superreducido): productos de primera necesidad como pan, leche, frutas, verduras, libros y medicamentos.

Además, ciertas operaciones están exentas de IVA, como los servicios sanitarios, educativos, financieros y de seguros.

¿Cuándo debe aplicarse retención de IRPF?

La retención de IRPF es obligatoria cuando un autónomo profesional factura a otro empresario o profesional. No se aplica en facturas a particulares.

Los tipos más habituales son:

  • 15%: tipo general para actividades profesionales (sección segunda y tercera del IAE).
  • 7%: tipo reducido para nuevos autónomos en el año de alta y los dos siguientes.
  • 19%: aplicable a determinados rendimientos del capital mobiliario y actividades artísticas.

Errores comunes al facturar

Estos son los fallos que detectamos con más frecuencia entre autónomos:

  • Aplicar retención de IRPF en facturas a particulares (no corresponde).
  • Utilizar el tipo de IVA incorrecto para la actividad.
  • No conservar copia de las facturas durante los 4 años obligatorios.
  • Olvidar incluir todos los datos fiscales obligatorios: NIF, domicilio, número de factura correlativo, fecha y descripción del servicio.

Herramienta gratuita: calculadora de facturas

Nuestra calculadora de IVA e IRPF te permite:

  • Calcular el desglose de cualquier factura en un clic.
  • Seleccionar entre todos los tipos de IVA vigentes.
  • Elegir el porcentaje de retención de IRPF adecuado.
  • Obtener un resumen trimestral estimado para tus declaraciones.

Empieza a facturar correctamente y ahorra tiempo. Accede a la calculadora ahora.

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