La nota de cargo es un documento mercantil que reclama un importe adeudado sin generar IVA, mientras que la factura sí lo repercute y forma parte del ciclo fiscal del emisor. Conocer la diferencia entre nota de cargo y factura evita errores contables habituales en pymes y autónomos: duplicar ingresos, declarar IVA improcedente o reclamar conceptos que deberían facturarse. Saber cuándo usar una nota de cargo es clave para repercutir gastos a terceros, ajustar diferencias de cobro o exigir penalizaciones contractuales sin alterar la base imponible. En este artículo desglosamos qué es cada documento, qué datos exige la normativa española vigente (Real Decreto 1619/2012 sobre obligaciones de facturación) y en qué supuestos uno reemplaza al otro dentro de la operativa diaria.
Qué es una nota de cargo y para qué sirve
La nota de cargo es un documento mercantil con el que una empresa reclama a un cliente, proveedor o tercero un importe que le corresponde abonar fuera del circuito ordinario de venta. No documenta una entrega de bienes ni una prestación de servicios sujeta a IVA, sino un cobro derivado de incidencias, repercusiones o compensaciones.
Los usos más frecuentes son:
- Repercusión de gastos: portes, comisiones bancarias o tasas pagadas por cuenta de un tercero.
- Penalizaciones contractuales: incumplimientos, retrasos en entregas o averías imputables al cliente.
- Indemnizaciones: compensaciones pactadas entre las partes que no constituyen contraprestación.
- Diferencias de cobro: ajustes por errores en transferencias o pagos parciales no reclamados.
- Intereses de demora: regulados por la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad.
La Agencia Tributaria considera que estas operaciones quedan fuera del ámbito de aplicación del IVA porque no encajan en el artículo 4 de la Ley 37/1992. Por eso la nota de cargo no lleva IVA repercutido ni se incluye en el modelo 303 ni en el 390.
Qué es una factura y qué requisitos legales tiene
La factura es el documento que acredita una operación sujeta a IVA. El Real Decreto 1619/2012 establece su contenido obligatorio: numeración correlativa, fecha de emisión, datos completos del emisor y receptor (con NIF), descripción de los bienes o servicios, base imponible, tipo de IVA aplicable, cuota y total. Si procede, deben incluirse retenciones de IRPF y referencias a regímenes especiales como el recargo de equivalencia o el criterio de caja.
Existen dos modalidades reconocidas:
- Factura completa u ordinaria: obligatoria en operaciones B2B y cuando el cliente la solicita.
- Factura simplificada (antiguo ticket): permitida en operaciones inferiores a 400 euros, o 3.000 euros en sectores específicos como hostelería o transporte de viajeros.
El plazo de emisión es inmediato si el destinatario es un particular y antes del día 16 del mes siguiente cuando se trata de un empresario o profesional. La conservación obligatoria es de cuatro años a efectos fiscales (artículo 66 LGT) y seis años a efectos mercantiles (artículo 30 del Código de Comercio). Para profundizar en supuestos sin repercusión fiscal, conviene revisar las situaciones recogidas en la guía sobre cuándo emitir una factura sin IVA.
Diferencias clave entre nota de cargo y factura
La distinción no es meramente formal. Cada documento tiene consecuencias distintas en la contabilidad, en las declaraciones tributarias y en la trazabilidad de la operación.
| Aspecto | Nota de cargo | Factura |
|---|---|---|
| IVA repercutido | No | Sí (salvo exenciones) |
| Naturaleza | Reclamación de cobro | Operación sujeta |
| Modelo 303 | No se incluye | Se incluye |
| Numeración | Serie propia recomendada | Correlativa obligatoria |
| Retención IRPF | No procede | Sí, si aplica |
| Deducibilidad | Como gasto contable | Como gasto y soporte de IVA soportado |
El error más frecuente consiste en emitir una nota de cargo cuando lo correcto sería una factura rectificativa. Si una empresa cobra de menos por error, no procede una nota de cargo: hay que rectificar la factura original (factura rectificativa por sustitución o por diferencias, según el caso). En cambio, si la empresa adelanta gastos por cuenta del cliente —por ejemplo, un transporte urgente—, la nota de cargo es el documento adecuado siempre que conste el justificante original.
Cuándo usar una nota de cargo en la práctica
La decisión depende de la naturaleza económica de la operación. Estos son los supuestos típicos donde la nota de cargo es el documento idóneo:
- Suplidos no incluidos en factura: tasas administrativas, registros mercantiles o aranceles notariales pagados en nombre del cliente. Si cumplen los requisitos del artículo 78.3.3º LIVA (mandato expreso, justificante a nombre del cliente y reembolso por el importe exacto), quedan fuera de la base imponible.
- Penalizaciones por incumplimiento: cláusulas penales pactadas por escrito que no remuneran un servicio.
- Reclamación de gastos bancarios: comisiones por devolución de recibos repercutidas al deudor.
- Compensación por daños: indemnizaciones cuantificadas por contrato o por sentencia.
- Intereses de demora comerciales: el tipo aplicable suma 8 puntos al tipo de referencia del BCE, según las publicaciones semestrales del BOE.
En el lado contrario, conviene emitir factura cuando hay contraprestación real: alquileres, servicios profesionales, ventas de mercancías o cesiones de derechos. La frontera más delicada está en las indemnizaciones: si encubren una prestación de servicios, Hacienda puede recalificarlas como operación sujeta a IVA.
Cómo emitir una nota de cargo correctamente
Aunque la normativa no impone un formato cerrado, la práctica mercantil exige incluir los datos mínimos que permitan identificar la operación y soportarla ante una inspección.
Los elementos recomendados son:
- Denominación expresa "Nota de cargo" para evitar confusiones con factura.
- Numeración con serie diferenciada (por ejemplo, NC-2026/001).
- Datos completos del emisor y del destinatario.
- Fecha de emisión y, si procede, fecha del hecho que motiva el cargo.
- Descripción detallada del concepto reclamado.
- Importe sin IVA y mención expresa de que la operación no está sujeta.
- Referencia al contrato, factura original o justificante que respalda la reclamación.
- Forma de pago y plazo.
El registro contable habitual utiliza la cuenta 759 ("Ingresos por servicios diversos") o 778 ("Ingresos excepcionales") según el caso, con contrapartida en 440 o 430 si el deudor es cliente. Si llevas la contabilidad en el libro mayor con detalle, conviene crear subcuentas específicas para cargos repercutidos y así separar estos importes del volumen ordinario de facturación. Para empresas que aún trabajan con hojas de cálculo, puede ayudar consultar el análisis sobre Excel frente al software contable antes de consolidar el procedimiento.
Errores frecuentes y cómo evitarlos
La confusión entre nota de cargo y factura genera contingencias fiscales recurrentes. Los más habituales:
- Aplicar IVA por defecto: si el concepto no es contraprestación, repercutir IVA convierte la operación en ingreso indebido y obliga a regularizar.
- Numerar dentro de la serie de facturas: rompe la correlación obligatoria y dificulta el SII (Suministro Inmediato de Información).
- Omitir el justificante del gasto repercutido: sin soporte documental, Hacienda puede considerar que es una venta encubierta.
- Confundir nota de cargo con nota de abono: la nota de abono (o factura rectificativa) reduce un cobro previo; la nota de cargo lo incrementa.
- No declarar el ingreso en sociedades: aunque no entre en el 303, sí computa en el Impuesto sobre Sociedades.
En grupos empresariales, los cargos intercompañía exigen aún más rigor. La consolidación contable en grupos obliga a eliminar estos movimientos internos para evitar duplicar ingresos en las cuentas consolidadas.
Preguntas frecuentes
¿La nota de cargo lleva IVA?
No, salvo que documente una operación sujeta. La nota de cargo se utiliza precisamente para reclamar importes que no constituyen contraprestación de bienes o servicios, como suplidos, penalizaciones o indemnizaciones. Si el concepto encubre un servicio, debe emitirse factura con IVA.
¿Una nota de cargo es deducible para quien la recibe?
Sí, como gasto contable y fiscal si está vinculada a la actividad económica y cuenta con justificante adecuado. No genera derecho a deducir IVA soportado porque no incluye cuota repercutida. Conviene archivarla junto con el contrato o factura original que motiva el cargo.
¿Cuál es la diferencia entre nota de cargo y nota de abono?
La nota de cargo reclama un importe adicional al cliente (incrementa la deuda). La nota de abono, también llamada factura rectificativa negativa, reduce un cobro previo por devoluciones, descuentos posteriores o errores de facturación. Una suma, la otra resta.
¿Puedo emitir una nota de cargo a un particular?
Sí, aunque es poco habitual. Se utiliza sobre todo en relaciones B2B. Si el destinatario es un consumidor final, lo más común es emitir factura simplificada o reflejar el cargo en una factura rectificativa, especialmente cuando hay normativa de protección al consumidor implicada.
¿Hay que declarar las notas de cargo en el modelo 347?
Solo si superan los 3.005,06 euros anuales con un mismo cliente o proveedor y la operación entra dentro del ámbito del modelo. Las indemnizaciones puras y los suplidos correctamente documentados quedan excluidos. En caso de duda, conviene contrastarlo con el asesor fiscal antes de presentar el resumen anual de IVA.
El siguiente paso
Revisa hoy mismo tu serie de facturación: si encuentras documentos que repercuten gastos, penalizaciones o suplidos emitidos como facturas con IVA, abre una serie independiente de notas de cargo (NC-2026/...) y reclasifica las operaciones del ejercicio en curso antes del próximo cierre trimestral.